sábado, 12 de marzo de 2011

Apuntes de Derecho Penal (Parte General)

APLICACIÓN PERSONAL DE LA LEY
- Principio general: Principio de Igualdad
- Excepciones: Inmunidad, Inviolabilidad, Prerrogativas procesales
- Prerrogativas del PRESIDENTE
o Inmunidad: delito, no proceso hasta terminar cargo, - traición a la patria; disolución de congreso, salvo sea legal; impedir procesos electorales
o Antejuicio: delitos en ejercicio de su función
o Gozaban de inviolabilidad
- Prerrogativas MINISTROS DE ESTADO
o NO gozan de INVIOLABILIDADA ni de INMUNIDAD
- Prerrogativas CONGRESISTAS
o Gozan de todo porque son los que dan las leyes.
o Excepciones: flagrante propio; en el acto, flagrante impropio, inmediatamente después o al día siguiente con tenencias del instrumento del delito.
- Prerrogativas DIPLOMATICOS
o Inmunidad Parlamentaria
o Prerrogativa procesal : pueden rehusarse o lo harán escrito cuando tengan que declarar como testigos.

TOERIA DEL DELTIO
- “El delito es la acción TIPICAMENTE ANTIJURÍDICA correspondientemente CULPABLE siempre que no tenga causal de justificación”
- Sistema Bipartito: DELITOS y FALTAS
- TIPO: Diseño del delito en la ley
- TIPICIDAD: Obligación de correspondencia que existe entre la conducta humana que se esta juzgando con lo que dice el tipo en la ley.
- ANTIJURICIDAD: Contra el orden jurídico
- Clases de delito:
o Por Omisión Impropia: El agente debiendo hacer algo para evitar un resultado lesivo, se abstiene, no lo ejecuta dolosamente.
o Por su resultado: todo delito debe suponer un resultado, sin resultado no hay delito: formales; de mera actividad, no hay tentativa y no hay ITER CRIMINIS ; materiales: lesionan un interés protegido.
o Por su Lesividad: estos pueden ser de lesión: bien jurídico dañado de manera efectiva; de peligro, delito consumado sin necesidad de daño efectivo, solo con riesgo o peligro.
o Por su duración: instantáneos, permanentes, estado (delito instantáneo que produce efecto permanente)
o Por el nro. De lesiones: simples (1), complejos (bienes jurídicos distintos con nexo causal), compuestos (2 o mas)
o Por su nro. De fracciones, …etc.

ACCION
- Elementos: manifestación de la voluntad; resultado; relación de causalidad
- Teorías de la Acción
o De la supresión mental (equivalencia, condiciones)
o De la causa eficaz o la condición más eficiente
o De la prevalencia de la causa: delito, pugnacion de 2 fuerzas, no equilibrio.
o De la relevancia de la acción: causas encontrada después de producido el delito, de acuerdo a un análisis.
o De la causa típica: actuar por inducción (tesis normativa)
o De la Imputación Objetiva: el resultado será imputable si a generado un riesgo relevante jurídico penal que se materializa en un resultado que este tipificado en la ley como lesivo por que ataca a un bien jurídicamente protegido.
- Delitos por Comisión
o Criterio de realización del plan: el plan corresponde al autor y el resultado está dentro del plan
o Criterio de responsabilidad de la víctima.
o CONCAUSA: Condición extraña a la voluntad del agente que marca el nacimiento de una nueva relación causal interrumpiendo la anterior.
o DOLO: Conciencia y voluntad de realizar el tipo penal.
o CAUSAS DE JUSTIFICACION
 Legítima defensa:
• Excluye solo antijuricidad
• Ataque de ser humano contra otro
• Los bienes sean mas importantes que los que se sacrifican, porque hay un ataque
 Estado de Necesidad
• Excluye antijuricidad o culpabilidad según sea justificante o excluyente respectivamente.
• Justificante: bienes jurídicos que se sacrifican menores de los q se protegen
• Exculpante: los bienes jurídicos tienen que ser de igual importancia.